martes, 18 de octubre de 2016

MONOPOLIO



 Concepto:

   Según  Pappas y Brigham (1992), 
 “El monopolio existe cuando una sola
 empresa es el único fabricante de un 
bien que no tiene substitutivos cercanos,
 una empresa constituye la totalidad de la industria.”

  Ossorio, (2000),  lo define como 
“ Régimen económico derivado de preceptos
 legales o de circunstancias de hecho,
 mediante el cual una o varias ramas
 de la producción se sustraen de la libr
 e competencia, para quedar en manos de 
 una empresa o de un grupo de empresas que 
 se hacen dueña del mercado”.

Samuelson (1990), destaca que “El monopolio
 puede definirse como el único vendedor que

 tiene el control absoluto de una industria, es el 
único productor en su industria y no existen
 otras que produzcan buenos sustitutivos de su bien”.

El Monopolio es aquella situación en la cual una
 mercancía o servicio es provista por un solo
 vendedor. Dado que en la práctica es corriente
 encontrar sustitutos próximos para la mayoría
 de los bienes y servicios, los monopolios 
absolutos son bastante infrecuentes, aunque
 por otra parte, casi todos los productores 
ejercen algún grado de monopolización del
mercado, ya sea por características específicas 
de las mercancías que producen o porque las
 mismas no se ofrecen en idénticas condiciones
 de tiempo y espacio con las que compiten con ellas.

En una economía de mercado, el monopolio puro 
resulte un caso límite, de algún modo comparable 
al de la competencia perfecta.Tres factores, muy 
diferentes entre sí, conducen a la monopolización.


 El primero, y con mucho el más importante, es la ley o, en términos más amplios, las decisiones del poder político: cuando el Estado se reserva para sí diversas actividades o cuando las limita a una empresa privada por medio de concesiones y licencias nos hallamos frente a un monopolio que no surge de las relaciones económicas sino que es impuesto a la comunidad desde el Estado. Así han surgido, desde tiempos inmemoriales, actividades reservadas al gobierno o a algunos de sus funcionarios.
En tiempos modernos ello se ha traducido en la reserva para el sector público de ciertas industrias -llamadas a veces básicas o estratégicas- como el petróleo, la aeronavegación, los ferrocarriles, los armamentos, etc. En otros casos se han dado formas atenuadas de monopolización, como cuando el Estado exige licencias para el uso de los canales de radiodifusión y televisión, etc.
Hay ciertas condiciones naturales, en segundo lugar, que dan origen o favorecen la creación de monopolios. El monopolio natural aparece cuando el tamaño de la unidad productora en relación al tamaño del mercado es tal que cualquier incremento en la producción puede hacerse con costos medios decrecientes.
En tales condiciones una empresa puede atender a todo el mercado, con lo que se genera espontáneamente un monopolio.
Cuando una industria se basa en la explotación de un recurso natural que se encuentra en muy pocos lugares del planeta, o cuando la entrada al mercado requiere de inversiones muy grandes, tienden a generarse monopolios o, con más frecuencia, oligopólicos.
Así sucede cuando hay que instalar líneas de distribución o comunicación -como en el caso de las empresas eléctricas o telefónicas- con ciertas explotaciones mineras, etc. Ha sido política de muchos países la de reservar para el Estado la explotación de estos monopolios, con el argumento de que así pueden controlarse mejor los precios y proteger al consumidor. De hecho, sin embargo, las ineficiencias asociadas a la gestión estatal de las empresas ha hecho que muchas de ellas se hayan privatizado, limitándose el Estado ahora a supervisar el desempeño de tales compañías.
Un tercer elemento a tener en cuenta es la monopolización que surge de las prácticas normales de las empresas que intentan expandir su participación en el mercado. Cuando una de ellas posee una innovación tecnológica protegida por una patente, o cuando desarrolla una agresiva campaña publicitaria que incrementa una participación ya alta en el mercado, se generan condiciones propicias para el monopolio. En tales casos puede hablarse de monopolio institucional o reputativo

Ello ocurre por lo general con productos de alta tecnología,que no pueden ser copiados fácilmente por los competidores, y con ciertas mercancías de consumo masivo, que generan hábitos bastante difíciles de revertir. De todos modos estos monopolios raramente tienen el carácter absoluto y extendido que se presenta cuando se originan en medidas gubernamentales o por causas naturales, pues lo normal es que, en un período más o menos corto, otras firmas entren a competir por el mercado
.
Cuando una empresa está en una situación monopólica obtiene ganancias extraordinarias, pues puede aumentar los precios de venta y con ello la tasa de beneficio más allá de lo que se lo permitiría una situación de competencia perfecta. De aquí que se produzca, teniendo en cuenta la elasticidad de demanda del bien considerado, una reducción del volumen de consumo, que la empresa compensa con creces gracias al mayor precio que puede imponer.

 Por tal razón, en varios países, existen leyes que regulan la formación de monopolios y cárteles, especialmente mediante la prohibición de ciertas fusiones o compras de unas empresas por otras.   
3.2- Monopolio desde el Punto de vista de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:


 El artículo 113 de nuestra Constitución establece 
 textualmente “ No se permitirán monopolios.
 Se declaran contrarios a los principios fundamentales
 de esta Constitución, cualquier acto, actividad, conducta 
o acuerdo de los y las particulares que tengan por 
objeto el establecimiento de un monopolio o que conduzcan,
 por sus efectos reales e independientemente de la voluntad
 de aquellos o aquellas, a su existencia, cualquiera que fuere
 la forma que adoptare en la realidad. También es contraria 
a dichos principios el abuso de la posición de dominio
 que un particular, un conjunto de ellos o ellas o una
 empresa o conjunto de empresas, adquiera o haya adquirido
 en un determinado mercado de bienes o de servicios,
 con independencia a la causa determinante de tal posición
 de dominio, así como se trate de una demanda concentrada.

 En todos los caso antes indicados, el Estado adoptara las
 medidas que fueren necesarias para evitar los efecto
s nocivos y restrictivos del monopolio, del abuso de la
 posición de dominio y de las demandas concentradas,
 teniendo como finalidad la protección del público,
 los productores y productoras y el asura mient
 de condiciones efectivas de competencia en la economía”.

 En las disposiciones transitorias de la Constitución, la decimoctava  establece “A los fines de asegurar la vigencia de los principios establecidos en el articulo 113 de esta constitución, la Asamblea Nacional dictará una Ley que establezca, entre otros aspectos, el organismo de supervisión, control y fiscalización que deba asegurar la efectiva aplicación de estos principios y las disposiciones y demás reglas que los desarrollen”.



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